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ENACOM c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados a favor de la representación legal de la parte actora en un proceso ejecutivo donde se opusieron excepciones.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó los recursos interpuestos contra la regulación de honorarios a favor de la dirección letrada y representación de la parte actora en un proceso de ejecución. En los fundamentos, la Cámara señaló que para fijar los honorarios de manera adecuada se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego, sin limitar el análisis a la mera aplicación de porcentajes arancelarios. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. En base a estos principios, la Cámara confirmó los honorarios regulados a favor de la representación legal de la parte actora, atendiendo a la naturaleza del asunto, el resultado y el monto involucrado, así como al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en el marco de un juicio ejecutivo con oposición de excepciones y dictado de sentencia.

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