MARTINEZ, MERCEDES ROSA Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal militar de la Policía Federal Argentina demandó al Estado Nacional para que incluya los suplementos del decreto 380/17 como remunerativos y bonificables. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el recurso de apelación y ordenó el pago de las diferencias salariales.
Que se incluyan los suplementos del decreto 380/17 dentro del "haber mensual" como remunerativos y bonificables.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la demanda. Consideró que los suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable, al ser percibidos por la totalidad del personal en actividad, sin limitación temporal ni requisitos particulares. Ordenó el pago de las diferencias salariales devengadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El carácter "remunerativo" de un suplemento no depende de si es "bonificable", sino de si es otorgado en forma general, habitual y permanente.
- Los suplementos del decreto 380/17 son percibidos por la totalidad del personal militar, lo que les confiere carácter remunerativo.
- La liquidación de haberes no implica consentimiento a la normativa, por lo que no se aplica la teoría de los actos propios.
- Las diferencias salariales se pagarán con intereses hasta el efectivo pago, conforme al procedimiento legal.
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