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SACRI SA c/ EN - M DESARROLLO PRDUCTIVO Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

La Cámara Contencioso Administrativa Federal aclara que los honorarios regulados en favor del letrado de la parte actora deben ser abonados en su totalidad por el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Honorarios Incidente Medida cautelar Ministerio de desarrollo productivo


¿Quién es el actor?

SACRI SA

¿A quién se demanda?

EN
- M DESARROLLO PRODUCTIVO Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar autónoma

¿Qué se resolvió?

La Cámara aclara que los honorarios regulados a favor del abogado de la parte actora deben ser abonados en su totalidad por el Ministerio de Desarrollo Productivo. Esto se debe a que dichos honorarios responden a la actuación del letrado al contestar los agravios interpuestos por el Ministerio contra la resolución que otorgó la medida cautelar.

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