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MENDEZ MARIA CAROLINA c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA-DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora en relación al cobro del crédito reconocido.

Honorarios Cobro de credito Arancel Impuesto al valor agregado

Cobro de crédito

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados al letrado de la parte actora en relación al cobro del crédito reconocido. Los fundamentos principales de la decisión son:
- En atención a lo establecido en los artículos 6º, 7º, 19, 33, 37, 38 y concordantes de la ley de arancel, la entidad de las tareas desempeñadas con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva tendiente al cobro del crédito reconocido a los actores.
- La retribución no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que -en su caso
- deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional frente al citado tributo.

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