DE LA VEGA, MIGUEL ENRIQUE Y OTROS c/ EN-CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Estado Nacional apeló la decisión que aprobó liquidaciones de complementos salariales de veteranos de guerra. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ya tiene autoridad de cosa juzgada.
Pago del complemento mensual otorgado por Decreto N° 1244/98 por los períodos no prescriptos, con intereses
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la impugnación de la demandada contra las liquidaciones, pero la Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sentencia de fondo ya tiene autoridad de cosa juzgada, por lo que no corresponde revisar las liquidaciones practicadas conforme a esa decisión.
- El planteo sobre el cobro de otro complemento salarial ya fue oportunamente desestimado por ser extemporáneo.
- Las liquidaciones pueden ser rectificadas en caso de error, pero ello no procede cuando existe una sentencia firme.
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