COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SA /TF 66905161-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios de abogado fijados en primera instancia, al considerar que deben ponderarse factores como la magnitud del trabajo realizado, la complejidad de los intereses económicos y la contribución a la solución del pleito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Compañía de Seguros La Mercantil Andina SA interpuso un recurso directo contra una resolución de la Dirección General de Aduanas (DGA). La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios del abogado patrocinante. La Cámara señaló que la regulación de honorarios debe compensar adecuadamente la tarea desplegada por los profesionales, ponderando la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego. Además, consideró que no corresponde una aplicación automática de porcentajes fijos, sino un análisis y evaluación de la labor profesional. Teniendo en cuenta lo preceptuado por la Ley de Arancel 27.423, en particular el art. 48 sobre un honorario mínimo en amparos, y atendiendo a la etapa del proceso, la Cámara confirmó los honorarios fijados en primera instancia a favor del letrado de la actora.
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