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TOLCK, NILDA MONICA c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL -EXP. 28368- s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El Colegio Público de Abogados de Capital Federal sancionó con exclusión de la matrícula a la abogada Nilda Mónica Tolck, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró prescripta la acción disciplinaria.

Prescripcion Abogado Pandemia Suspension Condena penal Tribunal de disciplina


¿Quién es el actor?

Nilda Mónica Tolck, abogada

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CPACF)
- Objeto de la demanda: Recurso contra sanción de exclusión de la matrícula impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró prescripta la acción disciplinaria del CPACF contra la abogada Tolck. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El plazo de prescripción de 6 meses previsto en el art. 48 de la Ley 23.187 para casos de condena penal comenzó a correr desde el 2 de septiembre de 2019, cuando se comunicó la condena firme contra la abogada.
- Si bien el traslado de la imputación al 30 de octubre de 2019 interrumpió el plazo, luego no hubo actos que lo volvieran a interrumpir antes del vencimiento del plazo.
- La suspensión de plazos por la pandemia no alcanzó al plazo de prescripción.
- Por tanto, al momento de dictarse la sentencia disciplinaria el 31 de mayo de 2021, ya se encontraba vencido el plazo de prescripción.

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