CONS. DE PROPIETARIOS AV. ALTE BROWN 235/285 c/ EN - M INTERIOR OP Y V Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
Abogado solicita regulación de honorarios por renuncia a la representación de consorcio intervenido judicialmente. La Cámara revoca la providencia y ordena intimar al consorcio a comparecer con nuevo apoderado.
¿Quién es el actor?
Consorcio de propietarios de la calle Almirante Brown 235/285
- Demandados: Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Dejar sin efecto aumento tarifario de servicio de agua potable
¿Qué se resolvió?
La Cámara admite el recurso de apelación interpuesto por el abogado que renunció a la representación del consorcio. Revoca la providencia previa y ordena intimar al consorcio a comparecer con nuevo apoderado en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento de continuar el proceso en rebeldía. Establece que el abogado renunciante deberá continuar las gestiones hasta el vencimiento del plazo fijado.
Los principales fundamentos son:
- Conforme al art. 53 inc. 2 del CPCCN, la renuncia del apoderado implica que debe continuar las gestiones hasta que el poderdante lo reemplace o comparezca por sí.
- Según el art. 12 de la Ley 27.423, si un profesional se aparta de un proceso antes de su conclusión, puede solicitar regulación provisoria de honorarios.
- Este Tribunal ha sostenido que la renuncia del profesional debe constar y no implicar un abandono de sus obligaciones.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: