FONTANA NICASTRO SA DE CONSTRUCCIONES Y OTRO c/ EN-DNV-RESOL 777/01 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró abstracta la apelación al haberse cancelado la deuda adeudada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La firma Fontana Nicastro SA de Construcciones demandó a la Dirección Nacional de Vialidad por el cobro de intereses adeudados. El juez de primera instancia intimó a la DNV a depositar el dinero adeudado en concepto de intereses, bajo apercibimiento de ejecución. La DNV apeló esta decisión. La Cámara consideró que la cuestión se había tornado abstracta, ya que la DNV había abonado el monto total adeudado en concepto de intereses. Por lo tanto, declaró inoficioso pronunciarse sobre la apelación deducida, con costas por su orden.
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