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HERNANDEZ OLMOS, LISANDRO EZEQUIEL (CA 30733/18) Y OTRO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

Abogados sancionados por presentar medida cautelar con poder de fallecida. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sanción impuesta por infracción ética.

Recurso directo Sancion disciplinaria Conducta profesional cuestionable Poder judicial vencido Fallecimiento del poderdante


¿Quién es el actor?

Abogados Eduardo Manuel Hernández Bustamante y Lisandro Ezequiel Hernández Olmos

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo contra sanción disciplinaria impuesta por presentar una medida cautelar invocando el carácter de apoderados de una persona fallecida hace 4 años.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó los agravios de los abogados y confirmó la sanción de $10.000 cada uno impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados. El tribunal señaló que los abogados incurrieron en una conducta profesional cuestionable al presentar la medida cautelar con un poder judicial vencido por el fallecimiento de la poderdante.

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