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INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SAIC Y F (TF 39211-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La firma Industrias Metalúrgicas Pescarmona impugnó la multa y tributos aplicados por la Dirección General de Aduanas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sanción por considerar que los plazos para reexportar la mercadería se encontraban vigentes.

Multa Recurso directo Prorroga Codigo aduanero Tributos Importacion temporaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

La firma Industrias Metalúrgicas Pescarmona SAIC y F promovió un recurso directo contra la resolución de la Dirección General de Aduanas que le había aplicado una multa y exigido el pago de tributos, por entender que había incurrido en la infracción prevista en el art. 970 del Código Aduanero. El Tribunal Fiscal de la Nación revocó la resolución sancionatoria, entendiendo que al momento de instruirse el sumario y dictarse la resolución cuestionada, el plazo de permanencia de la mercadería importada temporariamente se encontraba vigente, por lo que no podía responsabilizarse a la actora por la conducta que se le imputaba. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó lo resuelto por el Tribunal Fiscal, señalando que en las constancias del expediente administrativo se advierte que con anterioridad al vencimiento del plazo -prorrogado
- concedido a la operación cuestionada, la firma Industrias Metalúrgicas Pescarmona había solicitado una ampliación del mismo, la cual le fue otorgada posteriormente por la Secretaría de Comercio Exterior.

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