CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISION c/ EN s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados en favor de los letrados de la actora, considerando la naturaleza, mérito y extensión de la labor profesional.
¿Quién es el actor?
Cámara Argentina de Productoras Independientes de Televisión
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados a favor de los letrados de la parte actora, considerando que la regulación debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego, sin limitarse a una aplicación automática de porcentajes. Señaló que el valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, los cuales deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. Fundamentos principales: "Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional."
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