FAYE, TOUBA c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/AMPARO POR MORA
La Dirección Nacional de Migraciones apeló la sentencia que declaró abstracta la cuestión en una acción de amparo por mora. La Cámara modificó la sentencia y dispuso que las costas del proceso se distribuyan en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora promovió una acción de amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) reclamando una pronta resolución de su trámite migratorio. La jueza de primera instancia declaró abstracta la cuestión, ante lo cual la DNM interpuso recurso de apelación, limitado a la imposición de costas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, resolvió modificar la sentencia de primera instancia y establecer que las costas del proceso deben ser distribuidas en el orden causado. Fundamentó su decisión en que, al haberse declarado abstracta la cuestión del amparo, no existe parte vencida, por lo que corresponde aplicar el artículo 68 apartado 2 del Código Procesal Civil y Comercial, que dispone la distribución de las costas en el orden causado.
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