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MASSUH SA c/ EN-AFIP DGI-RESOL 56/11 s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

El actor promovió demanda por repetición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y ordenó el reintegro de los anticipos del impuesto abonados en el período fiscal 2008.

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Repetición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP) por los períodos 2003 a 2008.

¿Qué se resolvió?


- Se confirmó el rechazo de la repetición por los períodos 2003 a 2006, por no acreditarse que la renta presumida por la ley no existió.
- Se hizo lugar a la repetición de los anticipos del IGMP abonados en 2008, por haberse acreditado que ese ejercicio arrojó resultados negativos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que para desvirtuar la presunción legal del IGMP, basta con acreditar que la renta presumida no existió en el período reclamado, sin ser necesario demostrar la imposibilidad de que los activos generen esa renta.
- Si bien en los ejercicios 2003 a 2006 la actora registró resultados contables positivos, no logró acreditar que esa renta presumida por la ley no existió.
- En cambio, en el ejercicio 2008 se comprobó que la actora registró una pérdida de $ 70.181.962, por lo que corresponde ordenar la repetición de los anticipos de IGMP abonados en ese período, al carecer de causa la obligación de ingresarlos.

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