TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX S01 141161/17 - DISP 903/19) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La empresa de telefonía móvil fue sancionada con una multa por infracción al trato digno y equitativo al consumidor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción al entender que se acreditó la conducta infractora.
¿Quién es el actor?
Consumidor Alan Riemer
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por deuda de línea telefónica no contratada y prácticas abusivas
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la multa de $250.000 impuesta a Telefónica por infracción al artículo 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor, al haberse acreditado que desplegó conductas contrarias al trato digno y equitativo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor estaba facultada para actuar de oficio y sancionar la conducta infractora, sin necesidad de intervención previa del Auditor en las Relaciones de Consumo.
- El plazo de duración del procedimiento administrativo no fue irrazonable, teniendo en cuenta los precedentes de la Corte Suprema y la situación de emergencia sanitaria que implicó suspensión de plazos.
- Las constancias obrantes acreditaron la infracción, y los argumentos del recurso carecían de sustento jurídico y fáctico para rebatir la sanción.
- La determinación y graduación de la multa fue razonable, dentro de los límites de la ley y atendiendo a la posición de la empresa en el mercado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: