VILLAR CARLOS ALBERTO c/ GCBA Y/O RESPONSABLE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El Estado Nacional apeló la resolución que tuvo por desistida la citación de un tercero. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que el Estado no actuó diligentemente en la citación.
¿Quién es el actor?
No se indica
¿A quién se demanda?
Estado Nacional; Responsable y Otros
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución que tuvo por desistida la citación de un tercero (Argañaraz) debido a la falta de diligencia del Estado Nacional en concretar esa citación, a pesar de contar con información sobre la situación procesal del tercero desde hace 5 años.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 comunicó en 2016 y 2018 que la información sobre el tercero debía requerirse al Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 2.
- El Representante Oficial de Incapaces informó en 2016 que el tercero estaba en libertad condicional desde 2015.
- A pesar de contar con esa información, el Estado Nacional no actuó diligentemente para concretar la citación del tercero.
- Por lo tanto, no resulta irrazonable ni arbitraria la decisión del juez de grado de tener por desistida la citación del tercero.
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