COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL c/ GCBA-LEY 6452 s/AMPARO LEY 16.986
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal impugnó la constitucionalidad de los artículos 4 y 7 de la Ley 6452 de la Ciudad de Buenos Aires. La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la conexidad de la causa con otro proceso tramitado por ante la Sala I de dicha Cámara.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal promovió una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 4 y 7 de la Ley 6452 de la Ciudad de Buenos Aires, que modifican los artículos 26 y 37 de la Ley 402.
Señaló que la nueva normativa crearía una instancia inconstitucional e ilegítima, al imponer que previo a interponer el recurso extraordinario federal, los justiciables deban acudir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
La jueza de primera instancia se declaró incompetente y remitió las actuaciones al fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
El Colegio Público de Abogados apeló dicha decisión, argumentando que la presente acción de amparo tiene por objeto impugnar una ley local por transgredir el orden jurídico federal, por lo que corresponde su tratamiento por la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.
El Tribunal resolvió declarar la conexidad de las presentes actuaciones con la causa "Asociación Civil Gente de Derecho c/ GCBA
- Ley 6452 s/ amparo 16.986" en trámite por ante la Sala I del fuero, y remitir el expediente a dicha Sala.
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