ACUÑA, VERONICA ALEJANDRA Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal militar del Ejército Argentino reclamó la inclusión de incrementos salariales con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Personal militar del Ejército Argentino
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamar la inclusión de los incrementos salariales dispuestos por el decreto 1305/12 y modificatorias, en el concepto "haber mensual" con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con algunas aclaraciones y precisiones. Estableció que:
- El devengamiento de los créditos reconocidos encontrará su límite temporal en la fecha de derogación del decreto 1305/12 (01/10/2020).
- Las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse hasta el momento del efectivo pago, de conformidad con lo dispuesto por las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
- No corresponde una nueva re-previsión de la deuda por intereses que corran durante el diferimiento del pago.
- Se modificó la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado en ambas instancias.
Fundamentos principales:
- La Cámara remitió a lo resuelto en casos anteriores sobre la aplicación del decreto 1305/12, confirmando que los suplementos allí establecidos tienen carácter remunerativo y bonificable.
- Respecto a la inaplicabilidad de la doctrina "Zanotti", la Cámara aclaró que el juez de primera instancia se limitó a disponer que se tengan presentes las pautas allí fijadas para la liquidación, sin extender dicho precedente más allá de ello.
- En cuanto a las costas, la Cámara consideró que la naturaleza de la cuestión debatida justifica apartarse del principio objetivo de la derrota, distribuyéndolas en el orden causado.
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