QUINTANA, SAMUEL HERNAN Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Estado Nacional apeló la sentencia que hizo lugar a la demanda y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia con algunas precisiones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor promovió demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército, reclamando el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos creados por el Decreto 1305/12.
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos, ordenó su incorporación al rubro sueldo y el pago de las retroactividades devengadas.
El Estado Nacional apeló la decisión, argumentando que los suplementos en cuestión tienen carácter particular, transitorio y limitado.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó los agravios del Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada, con la precisión de que el devengamiento de los créditos reconocidos encontrará su límite temporal en la fecha de derogación del Decreto 1305/12 (1° de octubre de 2020). Asimismo, señaló que las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable.
En cuanto a las costas de la instancia, el tribunal las distribuyó en el orden causado.
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