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SAN JAIME SA (TF 28250-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La firma San Jaime S.A. cuestionó la determinación de impuesto a las ganancias y la aplicación de una multa por parte de la AFIP-DGI. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la determinación de impuesto y los intereses, pero declaró prescripta la acción de la AFIP para exigir el pago de la multa.

Multa Prescripcion Impuesto a las ganancias Plazo razonable Prestamos entre empresas vinculadas Disposicion de fondos a favor de terceros


¿Quién es el actor?

San Jaime S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de oficio del impuesto a las ganancias y aplicación de multa por la AFIP-DGI.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la determinación de impuesto y los intereses resarcitorios, pero declaró prescripta la acción de la AFIP para exigir el pago de la multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció que las disposiciones de fondos entre empresas vinculadas deben tratarse como realizadas a favor de terceros a los fines del artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
- Si bien las empresas formaban parte de un mismo grupo económico, tienen personalidad jurídica independiente, por lo que corresponde aplicar el artículo 73.
- La parte actora no demostró que las operaciones de préstamo entre empresas vinculadas se realizaron en su propio interés.
- Respecto a la multa, se configuró una afectación al derecho de la parte de ser juzgada en un plazo razonable, por lo que la acción se encuentra prescripta.

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