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MARIANO ACOSTA NEUMATICOS SRL c/ EN-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La empresa Mariano Acosta Neumáticos SRL promovió acción de amparo contra la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa por la observación de una declaración jurada de importación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, por considerar que la administración incurrió en una conducta ilegítima al exceder los plazos razonables para autorizar la licencia de importación.

Derecho de defensa Amparo Importacion Licencia no automatica Exceso de plazos Observacion simi


¿Quién es el actor?

Mariano Acosta Neumáticos SRL
- Demandados: Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa; AFIP
- Dirección General de Aduanas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo por observación de declaración jurada de importación (SIMI)

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, por considerar que la administración incurrió en una conducta ilegítima al exceder los plazos razonables para autorizar la licencia de importación solicitada y no comunicar los motivos de la observación a la empresa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La administración no cumplió con la reglamentación aplicable, al exceder los plazos razonables para autorizar la licencia no automática de importación requerida, lo que implica un obstáculo irrazonable para la importación.
- La administración no comunicó a la empresa los motivos que originaron la observación de la SIMI, impidiéndole ejercer su derecho de defensa.

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