SULCA, AMERICO LUCIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor jubilado promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó el reintegro de los montos retenidos.
Inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, ordenando el cese de la retención y el reintegro de las sumas retenidas con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad, siguiendo el criterio de la CSJN en el caso "García", que estableció que la sola capacidad contributiva es insuficiente como parámetro para gravar a los jubilados, debiendo ponderarse también su vulnerabilidad por edad y salud. Si bien esto exige analizar las circunstancias particulares, la Corte ha ratificado la inconstitucionalidad en diversos casos, con prescindencia de esas pautas.
- Sobre intereses: Se aplicará la tasa pasiva promedio del BCRA hasta la entrada en vigencia de la Res. 598/19 AFIP, y luego la tasa efectiva mensual que publica la AFIP.
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