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ARRIETA, CARLOS ARTURO c/ EN - AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor interpuso demanda contra la AFIP impugnando la constitucionalidad de ciertos artículos de la ley del Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de interés aplicable.

Intereses Inconstitucionalidad Reintegro Impuesto a las ganancias Tasa afip

Actor: Carlos Arturo Arrieta Demandado: AFIP Objeto de la demanda: Impugnación de la constitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430) del Impuesto a las Ganancias. Decisión del tribunal:
- Se admitió la demanda y se declaró la inconstitucionalidad de los artículos impugnados.
- Se ordenó el reintegro de las sumas retenidas a partir del 18/09/17, con más los intereses.
- La Cámara modificó la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable, disponiendo que: i) Los intereses se devengarán desde la interposición de la demanda, a la tasa efectiva mensual que publica la AFIP conforme a la Resolución 598/19 del Ministerio de Hacienda. ii) Los intereses referidos a sumas retenidas con posterioridad al inicio de la causa se devengarán desde que cada suma mensual fue retenida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la aplicación de la ley 27.617, que modificó el Impuesto a las Ganancias aumentando la deducción específica de jubilados, y la tasa de interés aplicable son análogas a las resueltas en una causa anterior.
- Respecto al alcance temporal del reintegro, la Cámara sostuvo que corresponde limitarlo a los dos años anteriores a la interposición de la demanda, en virtud de la normativa tributaria especial.

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