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MUTUAL FEDERADA 25 DE JUNIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD RECIPROCA (TF 17602995-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La entidad mutual promovió recurso directo contra la denegatoria de repetición del impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal que rechazó el reclamo.

Exencion Iva Impuesto sobre debitos y creditos bancarios Entidad mutual Ley 20 321 Ley 25 413 Ley 25 453 Ley 20 631


¿Quién es el actor?

Mutual Federada 25 de Junio Sociedad de Responsabilidad Recíproca

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición del impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias (IDyCB)

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso directo interpuesto por la entidad mutual

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 25.453 estableció que para el IDyCB no serán de aplicación las exenciones previstas en otras leyes, aun cuando sean de carácter general.
- Si bien la ley 20.321 establece una exención general de impuestos para las asociaciones mutuales, la ley específica del IDyCB (25.453) prima sobre esa exención genérica.
- No corresponde aplicar por analogía la regulación del IVA al IDyCB, pues son tributos diferentes que cuentan con tratamientos legales distintos.
- La Corte Suprema, en "Asociación Mutual Sancor", reconoció la validez de las exenciones previstas en leyes anteriores a la 25.920, pero ello es inaplicable al presente caso dado el texto claro del art. 2 de la ley 25.453.

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