BONIFACIO, BEATRIZ ANGELA-SUMARISIMO- Y OTROS c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados de la Policía Federal impugnan la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas que permitían gravar estas rentas.
Declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que permiten gravar los haberes previsionales de jubilados de la Policía Federal, y cese de los descuentos y reintegro de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Consideró que las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 no alteran el criterio jurisprudencial, ya que se basan en parámetros estrictamente patrimoniales y no atienden a la situación de vulnerabilidad de los jubilados. Ordenó el reintegro de las sumas retenidas con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la sola capacidad contributiva como parámetro para gravar a los jubilados es insuficiente si no se pondera su situación de vulnerabilidad, conforme a la doctrina del precedente "García, María Isabel" de la Corte Suprema. Señaló que las personas demandantes, por ser adultos mayores jubilados, integran un grupo vulnerable que merece preferente tutela constitucional.
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