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BIDJIMENIAN, MARIA INES c/ EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

Actora demanda por expropiación-servidumbre administrativa; Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que cuestión de honorarios debe ser tratada en jurisdicción civil.

Honorarios Justicia civil Expropiacion Servidumbre administrativa Profesional cliente


¿Quién es el actor?

María Inés Bidjimenian

¿A quién se demanda?

Edesur SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Expropiación-servidumbre administrativa

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que la cuestión referente al convenio de honorarios entre la actora y sus letradas excede el marco de la presente causa y debe ser tratada en la jurisdicción civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 43 inc. c) del decreto-ley 1285/58 establece que las cuestiones referentes a las relaciones contractuales entre profesionales y sus clientes son materia propia de la justicia nacional en lo civil.

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