GAETE RICARDO (CROMAÑON) Y OTROS c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El tribunal regula los honorarios de los abogados de la parte actora en una demanda por daños y perjuicios. Confirma la regulación de honorarios realizada por la Cámara.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En los autos "GAETE RICARDO (CROMAÑON) Y OTROS c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS", la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala IV, reguló los honorarios de los abogados de la parte actora.
Se regularon los honorarios de los Dres. Beatriz Margarita Enriqueta Campos, José Antonio Iglesias y Federico Jimenez Herrera, quienes actuaron a favor de la parte actora, en las siguientes sumas: $42.000, $24.000 y $60.000, respectivamente, por las tres etapas del proceso en primera instancia.
Asimismo, se regularon los honorarios de los Dres. José Antonio Iglesias y Federico Jimenez Herrera en $11.000 y $27.000, respectivamente, por las tareas desempeñadas ante la Cámara.
La regulación de honorarios se fundamentó en lo dispuesto en los arts. 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839, y teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la importancia de la cuestión resuelta, su monto, y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas.
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