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EDESUR SA c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS YERBAL N° 2620 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios en favor del apoderado de la parte demandada y del perito ingeniero.

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La sentencia se pronuncia sobre la regulación de honorarios en el proceso contencioso administrativo promovido por EDESUR S.A. contra el Consorcio de Propietarios de Yerbal N° 2620. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, en función de la naturaleza del proceso, el resultado obtenido y la calidad del trabajo realizado, modifica la regulación de honorarios practicada en primera instancia. Eleva los honorarios del abogado patrocinante de la parte demandada a $56.000 y los del perito ingeniero a $15.000, a cargo de la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia dictada por esa Sala el 15 de agosto de 2016. Por otro lado, la Cámara ordena devolver las actuaciones a la instancia de grado a fin de que se notifique en formato papel a la perito Martillera Hilda Beatriz García Pérez la regulación de honorarios. Finalmente, la Cámara aclara que los montos establecidos no incluyen el impuesto al valor agregado, el cual deberá ser abonado por la obligada junto con el pago de los honorarios.

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