BENSOFI SRL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 430695N 430697P 430712D 430715G 44429K 44460F 44469Y 44503D 44526X Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La empresa importadora inició demanda cautelar contra los organismos estatales por la observación y baja de sus declaraciones de importación. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la medida cautelar al considerar que las observaciones de las autoridades carecían de fundamentación concreta.
- La empresa Bensofi SRL demandó al Estado Nacional y a la AFIP por la observación y baja de varias de sus declaraciones juradas del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y por la exigencia de la presentación de la declaración de composición de productos.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, ordenando a los organismos que se abstengan de requerir la presentación de las declaraciones SIMI con el estado "SALIDA" y que permitan la oficialización, tramitación y liberación a plaza de las mercaderías.
- La AFIP-DGA y el Ministerio de Desarrollo Productivo apelaron la medida cautelar.
- La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la medida cautelar. Consideró que las observaciones realizadas por las autoridades a las declaraciones SIMI carecían de fundamentación concreta sobre los supuestos incumplimientos de la empresa, excedían los plazos previstos en la normativa aplicable y afectaban el derecho de defensa del importador.
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