BENSOFI SRL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 430695N 430697P 430712D 430715G 44429K 44460F 44469Y 44503D 44526X Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La empresa importadora inició demanda cautelar contra los organismos estatales por la observación y baja de sus declaraciones de importación. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la medida cautelar al considerar que las observaciones de las autoridades carecían de fundamentación concreta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La empresa Bensofi SRL demandó al Estado Nacional y a la AFIP por la observación y baja de varias de sus declaraciones juradas del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y por la exigencia de la presentación de la declaración de composición de productos.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, ordenando a los organismos que se abstengan de requerir la presentación de las declaraciones SIMI con el estado "SALIDA" y que permitan la oficialización, tramitación y liberación a plaza de las mercaderías.
- La AFIP-DGA y el Ministerio de Desarrollo Productivo apelaron la medida cautelar.
- La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la medida cautelar. Consideró que las observaciones realizadas por las autoridades a las declaraciones SIMI carecían de fundamentación concreta sobre los supuestos incumplimientos de la empresa, excedían los plazos previstos en la normativa aplicable y afectaban el derecho de defensa del importador.
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