PIAZZALE, HORACIO ALBERTO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley de Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de declinar la competencia del juzgado de primera instancia.
- Actor: Horacio Alberto Piazzale
- Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias y orden de reintegro de las sumas retenidas
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión del juzgado de primera instancia que se había declarado incompetente. La Cámara consideró que correspondía la prórroga de la competencia territorial en asuntos de naturaleza patrimonial según el art. 1 del CPCCN, y que el juzgado de primera instancia debía retomar el conocimiento de la causa.
- Fundamentos:
"Para la determinación de la competencia corresponde atender, de modo principal, al relato de los hechos que el actor hace en su demanda y, después, sólo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que invoca como fundamento de su pretensión, pues los primeros animan al segundo y, por ello, son el único sustento de los sentidos jurídicos particulares que les fuesen atribuibles".
"La declaración de incompetencia formulada por el juzgado a quo el 27/12/2021 resulta improcedente pues dicha decisión recurrida implica desconocer frontalmente la previsión contenida en el art.1 C.P.C.C.N., en orden a la prórroga de la competencia territorial en asuntos de naturaleza patrimonial, la cual resulta como principio admisible, salvedad hecha de la formulación de planteo expreso por parte de la contraria, que al momento no se ha verificado".
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