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BANCO INDUSTRIAL SA Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 41

El Banco Industrial S.A. y otros impugnaron la resolución del Banco Central de la República Argentina que los sancionó por operar con clientes vinculados en condiciones más favorables que las acordadas de ordinario. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sanción al entender que se aplicó un régimen más gravoso que el vigente al momento de los hechos.

Recurso de apelacion Retroactividad Sanciones Banco central Principio de legalidad Entidades financieras Comunicacion a 6167 Comunicacion a 5838


- Actor: Banco Industrial S.A. y otros
- Demandado: Banco Central de la República Argentina
- Objeto: Impugnación de resolución que sancionó al Banco Industrial S.A. y otros por operar con clientes vinculados en condiciones más favorables que las acordadas de ordinario.
- Decisión: La Cámara modificó la sanción al considerar que se aplicó un régimen más gravoso que el vigente al momento de los hechos, debiendo el BCRA redeterminar las sanciones conforme la Comunicación A 5838.
- Fundamentos:
- El principio de legalidad rige en materia sancionatoria, exigiendo que la conducta esté definida de forma precisa por la normativa aplicable.
- Si bien las facultades sancionatorias del BCRA tienen matices particulares en relación al derecho penal, no pueden apartarse de las garantías constitucionales básicas, entre ellas el principio de legalidad.
- En el caso, si bien las conductas estaban previstas en la normativa vigente, la aplicación retroactiva de la Comunicación A 6167 (más gravosa) vulnera el principio de legalidad.
- Corresponde que el BCRA redetermine las sanciones conforme la Comunicación A 5838, más beneficiosa para los sancionados.

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