Incidente Nº 1 - ACTOR: CONYNTRA SA DEMANDADO: EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 419886A Y OTRO s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
La empresa CONYNTRA SA promovió demanda para que se dejara sin efecto la baja dispuesta sobre la importación de café y se rehabilitara el trámite de importación. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II confirmó la medida cautelar que suspendió los efectos de la baja dispuesta.
- Actor: CONYNTRA SA
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo y Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa
- Objeto: Que se deje sin efecto la baja dispuesta sobre la importación de café y se rehabilite el trámite de importación
- Decisión: Se confirmó la medida cautelar que suspendió los efectos de la baja dispuesta, ordenando que, una vez rehabilitada la SIMI, siempre que no existan otras limitaciones, no será exigible la Declaración Jurada SIMI.
- Fundamentos: Se consideró que la documental aportada por la actora acreditaba prima facie el cumplimiento de los requisitos, por lo que la "Baja Art. 4" resultaba infundada al no existir explicación detallada de los requisitos incumplidos. Asimismo, se tuvo en cuenta el incumplimiento de los plazos por parte de la Administración para expedirse sobre las observaciones.
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