BENITEZ, MATIAS c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios del patrocinante del actor en un proceso de amparo.
En el marco de un juicio de amparo promovido por Matías Benítez contra la Universidad de Buenos Aires, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió una incidencia sobre los honorarios regulados al abogado del actor, el Dr. Jorge Alejandro Mamani. La Cámara señaló que, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Arancel N° 27.423, en los procesos de amparo corresponde fijar un honorario mínimo. Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, la labor desarrollada y el resultado obtenido, la Cámara determinó reducir los honorarios del patrocinante a la suma de $44.634, equivalente a 6 unidades de medida arancelaria (UMA). Respecto a las tareas realizadas en la alzada, la Cámara reguló los honorarios del Dr. Mamani en $7.439, equivalente a 1 UMA. La Cámara estableció que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto. Si el profesional no ha denunciado dicha condición, el plazo para el pago del IVA correrá a partir de la fecha en que lo haga.
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