GAITAN MATIAS ALEXIS c/ EN-M§ DEFENSA-FAA-DTO 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal fijó los honorarios del abogado patrocinante en una demanda contra el Estado por cuestiones militares.
La sentencia analiza el recurso contra la regulación de honorarios del abogado Dr. Facundo E. Olazar, quien patrocinó a Matías Alexis Gaitán en una demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina, por cuestiones relativas al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa Federal estableció que "los emolumentos que se deben fijar a los profesionales y auxiliares de la justicia deben traducir -aun en los juicios de monto exiguo e, inclusive, sin monto
- una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional".
En base a ello, fijó los honorarios del Dr. Olazar en $5.000 por su actuación en el proceso principal, $2.000 por sus gestiones para hacer cumplir la sentencia, y $500 por cada una de las incidencias resueltas a fs. 58 y 213. Adicionalmente, se estableció que de acreditarse la condición de responsable inscripto del profesional, se deberá adicionar la alícuota correspondiente al Impuesto al Valor Agregado.
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