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PEREZ ANGEL DANIEL c/ EN - M° INTERIOR - PFA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II fijó los honorarios de los abogados y peritos intervinientes en una demanda de daños y perjuicios, reduciendo los montos regulados.

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La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II analizó la regulación de honorarios de los profesionales que intervinieron en una demanda por daños y perjuicios. Señaló que para fijar los honorarios debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Consideró que no corresponde aplicar automáticamente los porcentajes previstos en los aranceles, si ello condujera a una evidente e injustificada desproporción con la labor efectuada. En base a estas pautas, la Cámara redujo los honorarios de los abogados y peritos intervinientes, fijándolos en montos que consideró adecuados y equitativos. Respecto a la labor en la alzada, aplicó los criterios establecidos por la Corte Suprema en el precedente "Establecimiento Las Marías".

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