Incidente Nº 1 - ACTOR: UEZ, RAMON ALBERTO s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
El actor promovió demanda declarativa de inconstitucionalidad contra la obligación de pago establecida por la ley 27.605 que crea el "Aporte Solidario y Extraordinario". La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada por considerar que no se encontraba acreditado el peligro en la demora.
- Actor: Román Alberto Uez
- Demandado: Estado Nacional (Ministerio de Economía de la Nación) y AFIP
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la ley 27.605 que establecen el "Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia"
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirma la sentencia de primera instancia que había rechazado la medida cautelar solicitada.
- Fundamentos principales:
- La circunstancia de que la pretensión se haya formulado mediante acción declarativa de certeza no constituye un impedimento absoluto para el dictado de medidas cautelares.
- Sin embargo, en el caso no se encuentra acreditado el requisito del peligro en la demora, ya que la ley 27.605 establece un procedimiento de determinación de oficio y cobro del aporte a cargo de la AFIP, con posibilidad de recurrir ante el Tribunal Fiscal de la Nación, y no se evidencia la inminencia de un proceso de ejecución en contra del contribuyente.
- Las consecuencias disvaliosas que pudieran derivar de la aplicación de la ley no resultan de imposible reparación ulterior, en caso de que el actor obtenga una sentencia favorable.
- Al no encontrarse acreditado el peligro en la demora, no resulta necesario analizar la verosimilitud del derecho invocado.
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