Incidente Nº 1 - ACTOR: UEZ, RAMON ALBERTO s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
El actor promovió demanda declarativa de inconstitucionalidad contra la obligación de pago establecida por la ley 27.605 que crea el Aporte Solidario y Extraordinario. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada por considerar que no se encontraba acreditado el peligro en la demora.
¿Quién es el actor?
Román Alberto Uez
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Economía de la Nación) y AFIP
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la ley 27.605 que establecen el "Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia"
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirma la sentencia de primera instancia que había rechazado la medida cautelar solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La circunstancia de que la pretensión se haya formulado mediante acción declarativa de certeza no constituye un impedimento absoluto para el dictado de medidas cautelares.
- Sin embargo, en el caso no se encuentra acreditado el requisito del peligro en la demora, ya que la ley 27.605 establece un procedimiento de determinación de oficio y cobro del aporte a cargo de la AFIP, con posibilidad de recurrir ante el Tribunal Fiscal de la Nación, y no se evidencia la inminencia de un proceso de ejecución en contra del contribuyente.
- Las consecuencias disvaliosas que pudieran derivar de la aplicación de la ley no resultan de imposible reparación ulterior, en caso de que el actor obtenga una sentencia favorable.
- Al no encontrarse acreditado el peligro en la demora, no resulta necesario analizar la verosimilitud del derecho invocado.
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