DUBERTI, OMAR UBALDO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Militares reclaman que suplementos creados por Decreto sean remunerativos y bonificables. Cámara confirma sentencia y ordena abonar retroactividades.
Que los suplementos creados por el Decreto N° 1305/2012 y sus modificatorios sean reconocidos como remunerativos y bonificables, y se abonen las retroactividades correspondientes.
- Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo de los actores. Consideró que la cuestión debatida era sustancialmente análoga a lo resuelto por la Corte Suprema en el precedente "Sosa Carla Elizabeth". Además, tuvo en cuenta que posteriormente el Decreto N° 780/20 derogó los suplementos a partir del 1° de octubre de 2020, por lo que el reconocimiento de su carácter remunerativo y bonificable estaría sujeto a esa limitación temporal.
Fundamentos principales:
- "Máxime, teniendo en consideración que mediante el Decreto Nº 780/20 (B.O. 01/10/2020) se derogaron -a partir del 1º de octubre de 2020
- el "Suplemento por responsabilidad jerárquica" y el "Suplemento por administración del material" creados por el Decreto N° 1305/12, los cuales pasaron a incorporarse al "Haber Mensual" del Personal Militar. En consecuencia, y a todo evento, el reconocimiento propiciado de los suplementos y el adicional a que se refiere el Decreto N° 1305/12 y sus modificatorios, estarán sujetos a la limitación temporal establecida en el artículo 2° del Decreto N° 780/20."
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