GALLI ERNESTO ENRIQUE Y OTRO c/ EN-M° DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores, personal en actividad del Ejército Argentino, promovieron demanda por el pago de ciertas asignaciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y estableció nuevos lineamientos para el cálculo de los intereses adeudados.
- Actor: Ernesto Enrique Galli y José Orellana, personal en actividad del Ejército Argentino
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Reclamo por el pago de asignaciones establecidas por decretos relacionados con el personal militar
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que:
1) Los intereses deben calcularse tomando como base el capital puro adeudado, hasta el 31/12/17, momento en que venció el plazo para el pago.
2) El monto total, con los intereses calculados hasta el 31/12/17, devengará nuevos intereses desde el 01/01/18 hasta el 20/07/20, cuando se hizo efectivo el pago.
3) Del total obtenido, se detraerá lo ya percibido por los actores, y el saldo insoluto devengará intereses hasta una nueva liquidación.
- Fundamentos: La Cámara consideró que correspondía aplicar la excepción prevista en el art. 770 inc. c) del Código Civil y Comercial, que permite la capitalización de intereses cuando la obligación se liquida judicialmente y el deudor se encuentra en mora. Además, se debe utilizar la tasa pasiva del BCRA para el cálculo de los intereses.
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