TARULLA, RAUL ERNESTO c/ EN-M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda contra el Estado por la falta de pago de un crédito laboral. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que denegó la ejecución inmediata del crédito ante la falta de inclusión presupuestaria.
- Actor: Raul Ernesto Tarulla
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Reclamo de pago de crédito laboral
- Decisión: Se rechaza el recurso de apelación. La Cámara confirmó que el actor aún no se encuentra habilitado para promover la ejecución forzada de su crédito, en razón de no haber vencido los plazos previstos en las leyes 23.982 y 11.672 para la inclusión presupuestaria. El Estado cuenta con la prerrogativa legal de diferir el pago cuando se agota la partida presupuestaria.
Los fundamentos principales son:
- La liquidación del crédito se aprobó el 18/05/2021, por lo que la deuda por capital e intereses puede ser atendida en el ejercicio financiero 2022.
- Según las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, el Estado debe efectuar las previsiones necesarias para incluir el crédito en el presupuesto del ejercicio siguiente, siguiendo un orden de antigüedad.
- La Corte Suprema en "Curti" faculta al Estado a diferir el pago cuando se agota la partida presupuestaria.
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