TK ELEVADORES ARGENTINA SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 115445H Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La empresa recurrió la imposición de costas en un proceso de medida cautelar autónoma. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
TK Elevadores Argentina SA
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo; Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar autónoma
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y confirmó la resolución de primera instancia que había impuesto costas a la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Sala sostuvo que toda actuación profesional llevada a cabo en un proceso judicial puede generar costas, más allá de su imposición o del cobro al cliente. Por lo tanto, corresponde emitir pronunciamiento sobre los accesorios.
- En el caso particular de una medida cautelar autónoma, al no existir acción de fondo, la medida cautelar se considera un trámite incidental autónomo con su propio régimen de costas.
- Más allá de que la única intervención de los demandados haya sido la presentación del informe previsto por ley, esa actuación profesional de sus letrados ha generado un derecho a retribución que debe ser soportado por la parte actora.
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