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TOBARES DANIEL VICENTE Y OTROS c/ EN-M§ FDEFENSA-EJERCITO DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Actores reclaman intereses adeudados por el Estado. La Cámara revoca la resolución de primera instancia y ordena el cálculo de intereses hasta la efectiva cancelación del crédito.

Intereses moratorios Ejecucion de sentencia Diferimiento de pago Liquidacion Administracion publica

Intereses adeudados
- Decisión: La Cámara revoca la resolución que no hizo lugar a la liquidación presentada por los actores y ordena el cálculo de intereses hasta la efectiva cancelación del crédito. Sostiene que los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito, en virtud de la doctrina de la CSJN, y que durante el diferimiento del pago previsto por las leyes 11.672 y 23.982 también deben correr los intereses.

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