DONAIRE, JONATHAN ARIEL c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal militar del Ejército Argentino promovió demanda por el reclamo de suplementos instituidos por el decreto 1305/12. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II modificó la sentencia de primera instancia y aclaró los límites temporales y forma de pago de las diferencias salariales reconocidas.
¿Quién es el actor?
Personal militar del Ejército Argentino
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de suplementos establecidos por el decreto 1305/12 y sus modificatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del Estado Nacional, confirmando la sentencia de primera instancia con ciertas aclaraciones y precisiones. Estableció que el devengamiento de los créditos reconocidos al actor tendrá como límite temporal el 1 de octubre de 2020, fecha en que fueron derogados los suplementos reclamados. Asimismo, precisó la forma de pago de las diferencias salariales adeudadas y la liquidación de intereses.
Fundamentos principales:
- Remitió a lo resuelto por esta Sala en casos anteriores sobre la aplicación del decreto 1305/12, posición refrendada por reciente fallo de la Corte Suprema.
- Señaló que la doctrina de la Corte Suprema en los casos "Zanotti" y "Salas" no resulta aplicable al presente caso, dado que los suplementos reclamados poseen una estructura y fórmula de cálculo diferente a los allí analizados.
- Determinó que la derogación de los suplementos reclamados a partir del 1/10/2020 por el Decreto 780/2020 implica un límite temporal al devengamiento reconocido.
- Precisó los plazos y condiciones de pago de las diferencias salariales conforme la normativa aplicable sobre diferimiento de deudas del Estado.
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