GOIO, MARIA DE BELEN Y OTROS c/ EN - M EDUCACION Y OTROS s/EMPLEO PUBLICO
Docentes reclaman pago de suplemento salarial "Fondo Nacional de Incentivo Docente". La Cámara Contencioso Administrativa confirma parcialmente la sentencia y revoca la imposición de costas.
Pago del suplemento salarial correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)
¿Qué se resolvió?
- Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva del Estado Nacional
- Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó al GCBA a incorporar al haber mensual de los actores las diferencias salariales correspondientes al FONID desde los 2 años anteriores al reclamo
- Se impusieron las costas en el orden causado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La defensa de falta de legitimación pasiva del Estado Nacional es procedente según doctrina de la CSJN
- No se acreditó el incumplimiento de pago del suplemento, ya que surge de las constancias que los actores lo percibieron
- El carácter remunerativo del FONID es admisible según la normativa que lo creó
- No corresponde condenar al GCBA dado que tiene la calidad de tercero interviniente, pero esta decisión quedó firme
- No se acreditó mora manifiesta en el pago del FONID, atento al complejo marco jurídico y sistema de liquidación trimestral aplicado
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