FERRARI ROMO, JUAN MANUEL c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Estado Nacional apeló la sentencia que reconoció el carácter remunerativo y bonificable de suplementos militares, pero la Cámara confirmó la decisión.
Que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por decretos 1305/12 y 245/13, y se ordene su pago retroactivo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Estableció que los fundamentos de la Corte Suprema en los casos "Zanotti" y "Salas" son aplicables a este caso, por lo que los suplementos deben considerarse remunerativos y bonificables. Aclaró que el devengamiento de los créditos reconocidos tiene límite temporal hasta el 1/10/2020 por la derogación de la normativa. Ordenó que el pago se realice conforme a las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
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