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BERGAMO GUSTAVO ALFONSO c/ EN-M§ DEFENSA-EMGE-DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la liquidación de intereses por considerar que hubo una superposición del cálculo.

Recurso de apelacion Anatocismo Liquidacion de intereses Intimacion de pago Capital neto Superposicion de calculos

Pago adeudado por Decreto 1104/05 y 1053/08 sobre personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la liquidación de intereses practicada por el actor, considerando que existía una superposición en el cálculo que implicaba un doble cómputo. Establece los criterios para practicar la nueva liquidación. La Cámara señaló que los tribunales están facultados para disponer la corrección de errores en las liquidaciones, ya que los autos aprobatorios no tienen autoridad de cosa juzgada. Consideró que la forma de cálculo de la actora importaba una superposición de intereses por el mismo período, lo que se traducía en una doble liquidación. Estableció que la liquidación debe hacerse: a) sobre el monto de capital neto, descontados intereses y aportes jubilatorios, computando intereses a tasa pasiva desde el 22/08/14 hasta la intimación de pago el 14/03/16; b) sobre ese nuevo monto integral, calcular intereses a la misma tasa desde que quedó firme la intimación hasta el 07/09/20, fecha en que se depositó el monto.

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