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OPERADORA FERROVIARIA SE c/ OSHI SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala V revocó la suspensión del traslado de la reconvención interpuesta por la codemandada y declaró decaído el derecho de la actora a contestarla.

Recurso de apelacion Caducidad Reconvencion Notificacion Plazos procesales Proceso contencioso administrativo


¿Quién es el actor?

OPERADORA FERROVIARIA SE
- Demandados: OSHI SA y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la suspensión del traslado de la reconvención ordenada por el juez de primera instancia, y declaró decaído el derecho de la actora a contestarla, por haber vencido el plazo legal para hacerlo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El acuse de caducidad no suspende los actos procesales válidos en curso de ejecución, como el traslado de la reconvención ordenado previamente.
- Al haberse notificado la actora del traslado de la reconvención el 14/08/2020, el plazo de 30 días para contestarla venció a principios del 29/09/2020, sin que la actora lo hiciera, por lo que correspondía declarar su decaimiento.
- El incumplimiento de la comunicación a la Procuración del Tesoro prevista en la Ley 25.344 no anula los actos procesales válidamente cumplidos, como el referido traslado.

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