FITTIPALDI CHRISTIAN MARTIN Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Se fijan los honorarios profesionales de un abogado en el marco de un asunto contencioso administrativo. La Cámara hace lugar al pedido y establece los honorarios.
¿Quién es el actor?
Dr. Mario R. R. Bobbett
¿A quién se demanda?
No aplicable
- Objeto de la demanda: Fijación de honorarios profesionales
- Decisión del tribunal: Se fijan los honorarios del Dr. Mario R. R. Bobbett en 4,92 UMA, equivalentes a $36.597. Se aclara que en caso de que el profesional acredite ser responsable inscripto frente al IVA, debe adicionarse el monto correspondiente a dicho impuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto (cfr. sentencia de remate del 10/12/2018 y liquidación aprobada el 26/10/2020), la calidad y eficacia de la tarea profesional, las etapas cumplidas y que no se opusieron excepciones, SE FIJAN los honorarios del Dr. Mario R. R. Bobbett en 4,92 UMA, equivalentes -a la fecha
- a la suma de treinta seis mil quinientos noventa y siete pesos -$36.597
- (arts. 16, 19, 21 y 41 de la ley 27.423 y Acord. 4/22)."
"Hágase saber que, en caso de que el profesional beneficiario acredite -en la instancia anterior
- su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 316:1533; 322:523; 329:1834, entre otros)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: