CURCIJA SA - TF 31111-A c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La firma CURCIJA SA presentó recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación sobre la imposición de costas. La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala IV declaró inadmisible el recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La firma CURCIJA SA interpuso recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación que impuso los gastos causídicos en el orden causado. La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala IV consideró que la impugnación remite a cuestiones fácticas y procesales propias de los jueces de la causa, ajenas a la vía del recurso extraordinario. Señaló que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que el recurso extraordinario sólo procede en casos excepcionales de "groseras deficiencias lógicas del razonamiento" o "total ausencia de fundamento normativo", lo que no se observa en el caso. Por lo tanto, declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la actora, con costas.
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