OSPIF c/ EN-M SALUD DE LA NACION-SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados a los letrados de la parte demandada en un proceso de amparo.
¿Quién es el actor?
OSPIF
¿A quién se demanda?
EN-M SALUD DE LA NACIÓN-SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo ley 16.986
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados a favor de los Dres. Gladys C. Funes y Carlos A. Villares, quienes actuaron como letrados de la parte demandada. La Cámara consideró que correspondía confirmar los honorarios regulados en primera instancia, atendiendo a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia de la cuestión debatida, y al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas por los profesionales durante el trámite ante la instancia anterior. Además, se dejó constancia de que las regulaciones deberán cancelarse de acuerdo a lo previsto en el art. 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: